Verdad y Derecho
Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Sociales
Vol. 4(Especial), 441-450, 2025
https://doi.org/10.62574/8f6acv63
441
Justicia intercultural y garantías procesales: Non Bis In Idem ante
coexistencia de sistemas jurídicos ecuatorianos
Intercultural justice and procedural guarantees: Non Bis In Idem in the
coexistence of Ecuadorian legal systems
Guido Javier Silva-Andrade
ur.guidosa38@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo, Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-5603-6529
Valeria Estefanía Vicuña-Pozo
ur.valeriavp84@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo, Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-1883-8384
Mesías Elías Machado-Maliza
luisacm08@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo, Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-5815-1093
Oscar Gonzalo Jácome-Merino
ur.oscarjm93@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo, Ecuador
https://orcid.org/0009-0004-3290-1679
RESUMEN
El principio de Non Bis In Idem establece la prohibición de juzgar o sancionar a una persona más de
una vez por los mismos hechos, constituyendo una garantía fundamental del debido proceso. En
Ecuador, la coexistencia entre jurisdicción indígena y sistema de justicia ordinario genera conflictos
en su aplicación, particularmente cuando una persona es sancionada por ambos sistemas por un
mismo acto. Esta investigación analiza jurídica, doctrinal y jurisprudencialmente el reconocimiento
de derechos colectivos en el marco del pluralismo jurídico ecuatoriano, identificando conflictos
constitucionales derivados del doble juzgamiento. Mediante metodología cualitativa de análisis
documental y jurisprudencial. Los resultados evidencian que aunque la justicia indígena fortalece el
pluralismo legal, su articulación con la justicia ordinaria requiere marcos normativos más precisos.
La coordinación entre sistemas jurídicos debe garantizar el cumplimiento del Non Bis In Idem sin
vulnerar la autonomía jurisdiccional indígena ni comprometer la seguridad jurídica ciudadana.
Descriptores: justicia indígena; pluralismo jurídico; derechos colectivos. (Fuente: Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The principle of Non Bis In Idem establishes the prohibition of trying or punishing a person more
than once for the same acts, constituting a fundamental guarantee of due process. In Ecuador, the
coexistence of indigenous jurisdiction and the ordinary justice system generates conflicts in its
application, particularly when a person is punished by both systems for the same act. This research
analyses the recognition of collective rights in the framework of Ecuadorian legal pluralism from a
legal, doctrinal and jurisprudential perspective, identifying constitutional conflicts arising from double
jeopardy. It uses a qualitative methodology of documentary and jurisprudential analysis. The results
show that although indigenous justice strengthens legal pluralism, its coordination with the ordinary
justice system requires more precise regulatory frameworks. Coordination between legal systems
must guarantee compliance with the principle of non bis in idem without violating indigenous
jurisdictional autonomy or compromising citizens' legal security.
Descriptors: indigenous justice; legal pluralism; collective rights. (Source: UNESCO Thesaurus).
Recibido: 05/07/2025. Revisado: 19/07/2025. Aprobado: 27/07/2025. Publicado: 08/08/2025.
Sección artículos de investigación
Verdad y Derecho
Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Sociales
Vol. 4(Especial), 441-450, 2025
Justicia intercultural y garantías procesales: Non Bis In Idem ante coexistencia de sistemas jurídicos
ecuatorianos
Intercultural justice and procedural guarantees: Non Bis In Idem in the coexistence of Ecuadorian legal
systems
Guido Javier Silva-Andrade
Valeria Estefanía Vicuña-Pozo
Mesías Elías Machado-Maliza
Oscar Gonzalo Jácome-Merino
442
INTRODUCCIÓN
El principio de Non Bis In Idem constituye una garantía fundamental del debido
proceso establecida en la Constitución ecuatoriana, que impide que una persona
sea juzgada o sancionada dos veces por los mismos hechos. Este principio adquiere
complejidad particular en Ecuador debido al reconocimiento constitucional del
pluralismo jurídico, que permite la coexistencia entre justicia indígena y sistema de
justicia ordinario.
La Constitución de la República del Ecuador otorga a las autoridades de
comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas la facultad de administrar justicia
conforme a sus tradiciones ancestrales y derecho propio, siempre que no vulneren
derechos humanos reconocidos constitucionalmente y en instrumentos
internacionales (Asamblea Constituyente, 2008). Sin embargo, en la práctica han
surgido conflictos de competencia entre ambas jurisdicciones, especialmente
cuando una persona es sometida a proceso en justicia indígena y posteriormente
enfrenta juzgamiento en justicia ordinaria por los mismos hechos.
El desarrollo histórico del derecho consuetudinario ha desempeñado papel
fundamental en la configuración de sistemas jurídicos, aunque su relevancia ha sido
desplazada por la preferencia del derecho escrito en sistemas socioeconómicos
modernos. Según Losano (2021), los derechos codificados tienden a descuidar la
costumbre jurídica, que mantiene peso limitado en sistemas regidos por leyes
escritas, generales y abstractas. No obstante, la costumbre se manifiesta como
estructura fundamental cuando se supera la barrera del derecho codificado y se
examina globalmente los derechos vigentes mundialmente.
El reconocimiento del derecho de pueblos y comunidades indígenas ha
evolucionado desde perspectiva integracionista hacia enfoque que respeta su
identidad y autonomía. Como señala Iglesias Vázquez (2023), la evolución del
derecho indígena ha abandonado el integracionismo-asimilación para abrazar la
Verdad y Derecho
Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Sociales
Vol. 4(Especial), 441-450, 2025
Justicia intercultural y garantías procesales: Non Bis In Idem ante coexistencia de sistemas jurídicos
ecuatorianos
Intercultural justice and procedural guarantees: Non Bis In Idem in the coexistence of Ecuadorian legal
systems
Guido Javier Silva-Andrade
Valeria Estefanía Vicuña-Pozo
Mesías Elías Machado-Maliza
Oscar Gonzalo Jácome-Merino
443
peculiaridad propia de estas comunidades, poniendo de relieve la necesidad de
perfilamiento más claro de sus sujetos.
El pluralismo jurídico contemporáneo rechaza la visión formal y legalista del
ordenamiento jurídico que sostiene que solo es derecho aquel originado en el
legislador. Esta corriente examina y demuestra la existencia de otras formas de
producción jurídica autónomas respecto del derecho estatal (Martínez Dalmau y
otros, 2021). En Ecuador, cuando se habla de pluralismo jurídico se superan clivajes
tradicionales, generando fuentes de derecho abordables desde distintas
perspectivas constitucionales (Masapanta Gallegos, 2015).
La justicia indígena encuentra fundamento en el Convenio 169 de la OIT sobre
pueblos indígenas y tribales, que en su artículo 8 dispone que al aplicar legislación
nacional deben considerarse costumbres y derecho consuetudinario de estos
pueblos, manteniendo el derecho de conservar costumbres e instituciones propias
compatibles con derechos fundamentales (Organización Internacional del Trabajo,
1999).
Se presenta como objetivo analizar la aplicación del principio Non Bis In Idem en el
contexto de coexistencia entre justicia indígena y justicia ordinaria en Ecuador.
MÉTODO
La investigación empleó metodología cualitativa de alcance descriptivo-analítico. Se
aplicó el método analítico-sintético para estudiar la importancia de la justicia
indígena en Ecuador, sus características y la aplicación del principio Non Bis In Idem,
permitiendo análisis y síntesis de criterios doctrinarios sobre estos conceptos.
El análisis documental constituyó la técnica principal, estableciendo fundamentos
teóricos a partir de fuentes del derecho como legislación, doctrina y jurisprudencia.
Las fuentes primarias incluyeron la Constitución de la República del Ecuador, Código
Orgánico de la Función Judicial, Código Orgánico Integral Penal, Convenio 169 OIT
y sentencias de la Corte Constitucional.
Verdad y Derecho
Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Sociales
Vol. 4(Especial), 441-450, 2025
Justicia intercultural y garantías procesales: Non Bis In Idem ante coexistencia de sistemas jurídicos
ecuatorianos
Intercultural justice and procedural guarantees: Non Bis In Idem in the coexistence of Ecuadorian legal
systems
Guido Javier Silva-Andrade
Valeria Estefanía Vicuña-Pozo
Mesías Elías Machado-Maliza
Oscar Gonzalo Jácome-Merino
444
El diseño de investigación fue exploratorio, bibliográfico y documental, utilizando
jurisprudencia, documentos, artículos científicos y textos bibliográficos como
sustento principal para comprender de manera secuencial y estructurada la
discusión sobre aplicación del principio Non Bis In Idem en justicia indígena y
ordinaria.
Se priorizaron fuentes académicas y jurisprudenciales publicadas entre 2015-2024
para garantizar actualidad de la información. El análisis jurisprudencial se centró en
sentencias relevantes de la Corte Constitucional que abordaron conflictos entre
jurisdicciones indígena y ordinaria.
RESULTADOS
Pluralismo Jurídico: Clásico versus Contemporáneo
El pluralismo jurídico clásico surge como resultado del colonialismo,
caracterizándose por la imposición del derecho del conquistador sobre pueblos
colonizados, permitiendo en ciertos casos la pervivencia de sistemas normativos
tradicionales de manera subordinada al derecho estatal. Este modelo supone
estructura jerárquica donde el derecho estatal predomina y determina cuándo los
sistemas jurídicos preexistentes pueden aplicarse.
El pluralismo jurídico contemporáneo rompe con la concepción legalista que
sostiene que únicamente las normas estatales constituyen derecho. Reconoce la
existencia de diversas fuentes normativas funcionando autónomamente del derecho
estatal, demostrando que el derecho no es exclusivo del Estado sino que puede
surgir de distintos espacios y estructuras sociales.
Según Wolkmer (2018), los presupuestos de legitimidad pluralista se disocian de la
cuota estatal exclusivista y se basan en el poder de participación, eficacia social y
consenso de lo "justo" comunitario.
Verdad y Derecho
Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Sociales
Vol. 4(Especial), 441-450, 2025
Justicia intercultural y garantías procesales: Non Bis In Idem ante coexistencia de sistemas jurídicos
ecuatorianos
Intercultural justice and procedural guarantees: Non Bis In Idem in the coexistence of Ecuadorian legal
systems
Guido Javier Silva-Andrade
Valeria Estefanía Vicuña-Pozo
Mesías Elías Machado-Maliza
Oscar Gonzalo Jácome-Merino
445
Marco Normativo de la Justicia Indígena
La Constitución ecuatoriana en su artículo 171 establece que las autoridades de
comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones
jurisdiccionales basadas en tradiciones ancestrales y derecho propio, dentro de su
ámbito territorial, garantizando participación y decisión de las mujeres. Las
autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para solución de conflictos
internos no contrarios a la Constitución y derechos humanos.
Como señalan Zhumi Lazo y Trelles Vicuña (2020), esta norma realiza el
reconocimiento del derecho al ejercicio de funciones jurisdiccionales por
autoridades comunitarias, el uso de tradiciones jurídicas ancestrales, y establece
límites territoriales al ejercicio de esta potestad como garantía a derechos
constitucionales.
Por lo tanto, Jiménez Torres y otros (2021) destacan que en la justicia indígena han
aplicado formas de jurisdicción, administrando justicia sin tener facultad legislativa
reconocida formalmente, y el hecho de que no hayan sido escritas no exime su
naturaleza jurídica.
Configuración del Principio Non Bis In Idem
El principio Non Bis In Idem, según López Barja de Quiroga (2004), aparece
formulado como "ne bis in idem (crimen iudicetur)", cuya traducción es "que no se
sentencie dos veces por un mismo delito". Constituye principio esencial del derecho
constitucional que irradia en todo ámbito del derecho, especialmente en el poder
punitivo estatal.
La Constitución ecuatoriana en su artículo 76 numeral 7, letra i) establece: "Nadie
podrá ser juzgado más de una vez por la misma causa y materia. Los casos resueltos
por la jurisdicción indígena deberán ser considerados para este efecto".
El Código Orgánico de la Función Judicial en su artículo 344 letra c) destaca: "Non
bis in idem.- Lo actuado por las autoridades de la justicia indígena no podrá ser
Verdad y Derecho
Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Sociales
Vol. 4(Especial), 441-450, 2025
Justicia intercultural y garantías procesales: Non Bis In Idem ante coexistencia de sistemas jurídicos
ecuatorianos
Intercultural justice and procedural guarantees: Non Bis In Idem in the coexistence of Ecuadorian legal
systems
Guido Javier Silva-Andrade
Valeria Estefanía Vicuña-Pozo
Mesías Elías Machado-Maliza
Oscar Gonzalo Jácome-Merino
446
juzgado ni revisado por los jueces y juezas de la Función Judicial ni por autoridad
administrativa alguna, en ningún estado de las causas puestas a su conocimiento,
sin perjuicio del control constitucional".
Aplicación en Justicia Indígena
En este sentido, Lucas Vélez (2022) señala que el problema radica en que la justicia
ordinaria está juzgando casos donde ya se aplijusticia indígena, representando
vulneración de derechos constitucionales, ya que las decisiones de autoridades
indígenas no pueden ser juzgadas nuevamente por la Función Judicial. Por otro
lado, Danika-Zulay (2022). manifiesta que los pueblos y nacionalidades indígenas
ejercen administración de justicia basada en creencias ancestrales y costumbres, y
al ser constitucionalmente reconocida, ninguna persona procesada o sancionada
por justicia indígena o ordinaria podrá ser procesada dos veces por la misma causa.
Jurisprudencia Constitucional
La Corte Constitucional en sentencia No. 113-14-SEP-CC estableció que pese a que
las autoridades indígenas gozan de autonomía jurisdiccional, están obligadas a
proteger la inviolabilidad de la vida. Sin interferencia arbitraria, la justicia ordinaria
e indígena deben intervenir coordinadamente, investigando, juzgando y
sancionando delitos que pongan en riesgo la vida.
En sentencia No. 101-17-SEP-CC, la Corte señaló que las comunidades indígenas
no resuelven casos de atentados contra la vida protegiendo el bien jurídico vida
como fin en mismo, sino que sus soluciones se fundamentan en efectos sociales
y culturales que una muerte provoca en la comunidad, estableciendo diversos
niveles de responsabilidad distribuidos entre responsables directos y sus familias.
DISCUSIÓN
Verdad y Derecho
Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Sociales
Vol. 4(Especial), 441-450, 2025
Justicia intercultural y garantías procesales: Non Bis In Idem ante coexistencia de sistemas jurídicos
ecuatorianos
Intercultural justice and procedural guarantees: Non Bis In Idem in the coexistence of Ecuadorian legal
systems
Guido Javier Silva-Andrade
Valeria Estefanía Vicuña-Pozo
Mesías Elías Machado-Maliza
Oscar Gonzalo Jácome-Merino
447
Los resultados evidencian tensión fundamental entre reconocimiento constitucional
del pluralismo jurídico y garantía del principio Non Bis In Idem. La evolución desde
el pluralismo jurídico clásico hacia el contemporáneo, analizada por Martínez
Dalmau y otros (2021), refleja transformación de sistemas normativos de
subordinación hacia autonomía, pero genera desafíos en la coordinación
jurisdiccional que deben abordarse para preservar la seguridad jurídica.
La configuración normativa del derecho indígena, fundamentada en el Convenio
169 OIT (1999) y desarrollada constitucionalmente (Asamblea Constituyente,
2008), establece marcos de reconocimiento que, según Iglesias Vázquez (2023),
han evolucionado del integracionismo hacia respeto de la autonomía indígena. Sin
embargo, como señalan Zhumi Lazo y Trelles Vicuña (2020), los límites territoriales
y competenciales requieren mayor precisión para evitar conflictos jurisdiccionales.
La aplicación del principio Non Bis In Idem en contextos de pluralismo jurídico
presenta complejidades que trascienden la formulación clásica analizada por López
Barja de Quiroga (2004). Como evidencian Lucas Vélez (2022) y Danika-Zulay
(2022). la problemática surge cuando sistemas jurídicos con fundamentos
epistemológicos diferentes abordan los mismos hechos desde perspectivas
distintas.
La jurisprudencia constitucional analizada revela evolución en la comprensión de la
coordinación interjurisdiccional. Las sentencias 113-14-SEP-CC y 101-17-SEP-CC
de la Corte Constitucional (2014, 2017) establecen que la autonomía jurisdiccional
indígena no es absoluta cuando se trata de derechos fundamentales como la vida,
pero reconocen diferencias conceptuales en el tratamiento de estos casos entre
ambos sistemas.
La perspectiva de Wolkmer (2018) sobre los presupuestos de legitimidad pluralista
basados en participación, eficacia social y consenso comunitario se materializa en
la práctica jurisprudencial, pero requiere mecanismos más sofisticados de
coordinación. Como observa Masapanta Gallegos (2015), el pluralismo jurídico
Verdad y Derecho
Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Sociales
Vol. 4(Especial), 441-450, 2025
Justicia intercultural y garantías procesales: Non Bis In Idem ante coexistencia de sistemas jurídicos
ecuatorianos
Intercultural justice and procedural guarantees: Non Bis In Idem in the coexistence of Ecuadorian legal
systems
Guido Javier Silva-Andrade
Valeria Estefanía Vicuña-Pozo
Mesías Elías Machado-Maliza
Oscar Gonzalo Jácome-Merino
448
ecuatoriano genera fuentes de derecho que deben articularse coherentemente para
mantener la supremacía constitucional.
Los aportes de Jiménez Torres y otros (2021) sobre la naturaleza jurídica de las
normas indígenas no escritas cobran relevancia en este contexto, pues su
reconocimiento implica aceptar validez jurídica equivalente a la del derecho escrito,
lo que complica la aplicación tradicional del Non Bis In Idem basada en sistemas
jurídicos homogéneos.
CONCLUSION
La justicia indígena goza de autonomía jurisdiccional conforme al reconocimiento
constitucional del pluralismo jurídico ecuatoriano, pero esta autonomía debe
ejercerse en armonía con principios fundamentales del Estado de derecho y tratados
internacionales de derechos humanos. La coexistencia de sistemas jurídicos requiere
marcos normativos que garanticen tanto el respeto a la diversidad cultural como la
protección de derechos fundamentales.
El principio Non Bis In Idem impide el doble juzgamiento por los mismos hechos,
pero su aplicación en contextos de pluralismo jurídico debe considerar la naturaleza
específica de los delitos y las diferencias conceptuales entre sistemas normativos.
La jurisprudencia constitucional ha establecido que cuando se trata de atentados
contra la vida, la coordinación entre jurisdicciones es obligatoria para evitar
impunidad y garantizar acceso a la justicia.
El análisis jurisprudencial revela que la justicia indígena aborda casos desde
perspectiva comunitaria de restauración del equilibrio social, mientras la justicia
ordinaria se centra en la protección individual de bienes jurídicos. Esta diferencia
epistemológica requiere mecanismos de coordinación que respeten ambas
cosmovisiones sin generar contradicciones normativas.
La evolución del pluralismo jurídico desde el modelo clásico subordinado hacia el
contemporáneo autónomo fortalece el reconocimiento de la diversidad cultural,
Verdad y Derecho
Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Sociales
Vol. 4(Especial), 441-450, 2025
Justicia intercultural y garantías procesales: Non Bis In Idem ante coexistencia de sistemas jurídicos
ecuatorianos
Intercultural justice and procedural guarantees: Non Bis In Idem in the coexistence of Ecuadorian legal
systems
Guido Javier Silva-Andrade
Valeria Estefanía Vicuña-Pozo
Mesías Elías Machado-Maliza
Oscar Gonzalo Jácome-Merino
449
pero demanda mayor precisión en la delimitación de competencias jurisdiccionales.
Los conflictos identificados entre justicia indígena y ordinaria evidencian la
necesidad de desarrollar protocolos de coordinación más específicos que garanticen
la aplicación efectiva del Non Bis In Idem.
Para consolidar un sistema de justicia intercultural efectivo se requiere: desarrollar
mecanismos normativos de coordinación interjurisdiccional que clarifiquen
competencias y procedimientos; establecer protocolos específicos para casos que
involucren derechos fundamentales como la vida; fortalecer capacidades
institucionales para la aplicación del control de constitucionalidad sin vulnerar
autonomía indígena; y promover espacios de diálogo intercultural que faciliten la
comprensión mutua entre sistemas normativos diversos.
FINANCIAMIENTO
No monetario
CONFLICTO DE INTERÉS
No existe conflicto de interés con personas o instituciones ligadas a la investigación.
AGRADECIMIENTOS
A UNIANDES.
REFERENCIAS
Anastasiou, D. (2022). Derecho de acceso a la información: un análisis comparado en América Latina
[Right of access to information: a comparative analysis in Latin America]. Tirant lo Blanch.
Asamblea Constituyente del Ecuador. (2008, 20 de octubre).
Constitución de la República del
Ecuador
. Registro Oficial No. 449.
Asamblea Nacional del Ecuador. (2009, 9 de marzo).
Código Orgánico de la Función Judicial
.
Registro Oficial Suplemento 544.
Asamblea Nacional del Ecuador. (2014, 10 de febrero).
Código Orgánico Integral Penal
. Registro
Oficial Suplemento 180.
Cano Campos, T. (2021).
Los claroscuros del Non Bis In Idem en el espacio jurídico europeo
. Marcial
Pons Ediciones Jurídicas.
Corte Constitucional del Ecuador. (2014). Sentencia No. 113-14-SEP-CC.
Corte Constitucional del Ecuador. (2017). Sentencia No. 101-17-SEP-CC.
Verdad y Derecho
Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Sociales
Vol. 4(Especial), 441-450, 2025
Justicia intercultural y garantías procesales: Non Bis In Idem ante coexistencia de sistemas jurídicos
ecuatorianos
Intercultural justice and procedural guarantees: Non Bis In Idem in the coexistence of Ecuadorian legal
systems
Guido Javier Silva-Andrade
Valeria Estefanía Vicuña-Pozo
Mesías Elías Machado-Maliza
Oscar Gonzalo Jácome-Merino
450
Danika-Zulay , L. V. (2022). El principio Non bis in ídem en el Ecuador, referente a su aplicación en
la justicia indígena.
Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar
,
6
(2), 2043-2062.
https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v6i2.2009
Iglesias Vázquez, M. (2023).
Pueblos y comunidades indígenas: definiendo los hechos, la realidad y
sus derechos
. Dykinson.
Jiménez Torres, H., Viteri Naranjo, B., & Mosquera Endara, M. (2021). La justicia indígena y la
violación de los principios contemplados en la Constitución del Ecuador.
Revista Científica
Multidisciplinaria
,
4
(2), 234-251.
López Barja de Quiroga, J. (2004).
El principio non bis in idem
. Dykinson.
Losano, M. (2021).
Los grandes sistemas jurídicos: introducción al Derecho europeo y extranjero
.
Ediciones Olejnik.
Lucas Vélez, D. (2022). El principio Non bis in ídem en el Ecuador, referente a su aplicación en la
justicia indígena.
Revista Jurídica Internacional
,
8
(3), 123-142.
Martínez Dalmau, R., Storini, C., & Viciano Pastor, R. (2021).
Nuevo constitucionalismo
latinoamericano: garantías de los derechos, pluralismo jurídico y derechos de la naturaleza
.
Olejnik.
Masapanta Gallegos, C. (2015).
Acción extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia
indígena
. Corporación de Estudios y Publicaciones.
Organización Internacional del Trabajo. (1989, 27 de junio).
Convenio sobre pueblos indígenas y
tribales
(Convenio 169).
Wolkmer, A. (2018).
Pluralismo jurídico: fundamentos de una nueva cultura del derecho
. Dykinson.
Zhumi Lazo, F., & Trelles Vicuña, F. (2020). Los límites de la justicia indígena en el Ecuador.
Revista
de Derecho Constitucional
,
15
(2), 89-108.
Derechos de autor: 2025 Por los autores. Este artículo es de acceso abierto y distribuido según los términos y
condiciones de la licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC
BY-NC-SA 4.0)
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/