Verdad y Derecho
Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Sociales
Vol. 3(Especial Ambato), 379-386, 2024
https://doi.org/10.62574/5m1npd89
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Uso de la fuerza en unidades penitenciarias en el Ecuador
Criminal regulation of femicide in Ecuadorian legislation
David Orlando Acosta-Suárez
davidas14@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0000-6149-4807
Mayerli Scarletts Rivera-Paredes
mayerlyrp71@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0004-5427-4389
Diana Lizbeth Yanzapanta-Moyolema
dianaym27@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0002-0544-6637
Iruma Alfonso-González
ua.irumaalfonzo@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-6866-4944
RESUMEN
Este artículo tiene por objetivo analizar el uso de la fuerza en las unidades penitenciarias de Ecuador.
A través de una revisión documental jurídica de 13 documentos académicos, se examinan los
principios constitucionales, los lineamientos para el uso progresivo de la fuerza, y la interacción entre
las normativas penitenciarias y las fuerzas de seguridad. Se destaca la falta de una adecuada
articulación entre los protocolos operativos y los estándares legales, lo que genera discrecionalidad
en la aplicación de la fuerza. Se identifican brechas en la capacitación de los servidores penitenciarios
y la supervisión de su actuación. Al comparar la situación ecuatoriana con otros países de la región,
se proponen recomendaciones para mejorar la formación en derechos humanos y la implementación
de protocolos claros de desescalamiento y control externo, con el fin de garantizar el respeto a los
derechos fundamentales en el contexto penitenciario.
Descriptores: aplicación de la ley; seguridad del estado; seguridad humana. (Fuente: Tesauro
UNESCO).
ABSTRACT
This article aims to analyse the use of force in Ecuadorian prisons. Through a legal review of 13
academic documents, it examines constitutional principles, guidelines for the progressive use of
force, and the interaction between prison regulations and security forces. It highlights the lack of
adequate coordination between operational protocols and legal standards, which leads to discretion
in the use of force. Gaps in the training of prison staff and the supervision of their actions are
identified. Comparing the situation in Ecuador with other countries in the region, recommendations
are proposed to improve human rights training and the implementation of clear de-escalation and
external control protocols, with the aim of guaranteeing respect for fundamental rights in the prison
context.
Descriptors: law enforcement; state security; human security. (Source: UNESCO Thesaurus).
Recibido: 13/10/2024. Revisado: 23/10/2024. Aprobado: 03/11/2024. Publicado: 21/11/2024.
Sección artículos de investigación
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Uso de la fuerza en unidades penitenciarias en el Ecuador
Criminal regulation of femicide in Ecuadorian legislation
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INTRODUCCIÓN
El uso de la fuerza en las unidades penitenciarias de Ecuador representa un tema
fundamental en la intersección de la seguridad pública y los derechos humanos, en
un contexto donde se enfrenta la tensión entre la necesidad de mantener el orden
dentro de los centros de privación de libertad y la obligación de respetar la dignidad
de las personas privadas de libertad. Según el principio de legalidad consagrado
en la Constitución de la República del Ecuador, toda actuación de los servidores del
Estado, incluyendo el uso de la fuerza, debe estar previamente autorizada por la ley
y sometida a sus límites (Constitución de la República del Ecuador, 2008). Sin
embargo, diversos estudios revelan que la implementación de estos principios no
se corresponde siempre con la práctica, lo que genera un desequilibrio entre la
teoría normativa y la realidad operativa en los centros penitenciarios.
En este sentido, se observa que las directrices para el uso progresivo de la fuerza
en situaciones de crisis penitenciaria no se encuentran adecuadamente integradas
con los protocolos operativos internos, lo que da lugar a un ejercicio discrecional
de la autoridad por parte de los agentes penitenciarios (Alexis-J. et al., 2023). La
ausencia de mecanismos de capacitación continua y supervisión efectiva agrava esta
problemática, incrementando los riesgos de abusos y violaciones de derechos
humanos, como lo evidencia el estudio de Merchán-Bueno (2020) en el Centro de
Rehabilitación Social Sierra Centro Sur Turi, donde se registraron incidentes
relacionados con el uso indebido de la fuerza.
Por otra parte, la normatividad sobre el uso de la fuerza letal, como la propuesta
por Franco-Miranda (2022), requiere no solo un adecuado marco normativo, sino
también un sistema de supervisión independiente que garantice su correcta
aplicación. La falta de este tipo de mecanismos de control ha dado lugar a la
aparición de situaciones de extralimitación en el uso de la fuerza, las cuales, según
Barcia-de-la-Cruz (2023), podrían considerarse ejecuciones extrajudiciales, lo que
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conlleva serias responsabilidades tanto penales como disciplinarias para el Estado
ecuatoriano.
Comparando la experiencia ecuatoriana con la de países vecinos como Perú y
Colombia, se destaca la implementación de protocolos de desescalamiento y
registros audiovisuales obligatorios en intervenciones, lo cual ha permitido un
mayor control y transparencia en el uso de la fuerza (Cevallos-Izquierdo, 2020). En
contraste, en Ecuador persiste un enfoque centrado en el uso físico de la fuerza
como respuesta inmediata, lo que, según Gabaldón-L. (2019), contribuye a una
actitud predispuesta hacia la coerción, contraviniendo las recomendaciones
internacionales que promueven la contención no letal y el restablecimiento del
orden a través de la comunicación y la negociación.
La necesidad de una armonización de la legislación de las Fuerzas Armadas con la
normativa penitenciaria también ha sido resaltada por Jiménez-Villarreal & Franchi
(2020), quienes advierten que la falta de claridad en las competencias de los
distintos cuerpos de seguridad en situaciones de emergencia aumenta la posibilidad
de vacíos de mando y, con ello, el riesgo de violaciones de los derechos humanos.
En este sentido, la integración de protocolos interinstitucionales claros podría
mitigar este tipo de vacíos y reducir los abusos de poder.
Por lo tanto, es imperativo redirigir la formación de los servidores penitenciarios
hacia un enfoque más centrado en los derechos humanos, tal como lo sugiere
Chimbolema-Guacho (2023), quien propone la inclusión de módulos sobre
comunicación no violenta y gestión de crisis psicológicas en los programas de
capacitación. La incorporación de estas prácticas contribuiría a la legitimidad del
sistema penitenciario, al mismo tiempo que favorecería la reinserción social de los
internos al reducir los estigmas y la victimización derivados de los usos excesivos
de la fuerza.
A partir de lo anterior; se procesó como objetivo de investigación analizar el uso de
la fuerza en las unidades penitenciarias de Ecuador.
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MÉTODO
El presente estudio adoptó un enfoque cualitativo, basado en una revisión
documental jurídica con el objetivo de analizar el uso de la fuerza en las unidades
penitenciarias de Ecuador. La metodología empleada fue descriptiva-analítica,
sustentada en la técnica de revisión sistemática de fuentes secundarias. Se
examinaron un total de 13 documentos académicos que abordaron el tema desde
diferentes perspectivas, tales como el marco normativo, la práctica operativa en las
unidades penitenciarias, y las implicaciones de derechos humanos derivadas de su
implementación.
Los documentos seleccionados incluyen tesis de grado y artículos científicos que
analizan la regulación del uso de la fuerza en Ecuador, tanto en el ámbito
penitenciario como en contextos comparados con otros países latinoamericanos.
Los criterios de inclusión para los documentos fueron: (a) relevancia directa con el
uso de la fuerza en el sistema penitenciario ecuatoriano, (b) rigor metodológico y
calidad académica de los estudios, y (c) enfoque en la normativa y la praxis de las
fuerzas de seguridad, en particular las unidades penitenciarias.
Para la organización y sistematización de las ideas, se utilizó un enfoque temático,
donde se agruparon los documentos según los tópicos abordados: principios
constitucionales y normativos, análisis de la práctica operativa, control y supervisión
en el uso de la fuerza, y comparaciones internacionales, aplicándose análisis de
contenido para el procesamiento de la información.
RESULTADOS
En Ecuador, el uso de la fuerza en unidades penitenciarias se rige por principios
constitucionales y normativos que buscan conjugar la seguridad con la protección
de los derechos humanos. El principio de legalidad, consagrado en el artículo 82
de la Constitución de la República, establece que toda actuación de los servidores
del Estado debe estar previamente autorizada por la ley y sujeta a los límites que
ésta impone (Constitución de la República del Ecuador, 2008). No obstante, la
práctica revela que, en múltiples ocasiones, los lineamientos técnicos para el uso
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progresivo de la fuerza carecen de una adecuada articulación con protocolos
operativos internos, lo que provoca discrecionalidad en la toma de decisiones de
los agentes penitenciarios (Alexis-J. et al., 2023). Esta brecha normativa se ve
agravada por la ausencia de mecanismos eficaces de capacitación continua y
auditoría interna, tal como evidenció Merchán-Bueno (2020) en su estudio sobre
incidentes de uso indebido de la fuerza en el Centro de Rehabilitación Social Sierra
Centro Sur Turi.
Por consiguiente, la eficacia de los parámetros para el uso de fuerza letal, descritos
por Franco-Miranda (2022), depende no solo de su adecuación técnica, sino
también de la existencia de controles de supervisión independientes que verifiquen
su aplicación bajo el estándar de proporcionalidad. En este sentido, la exclusión de
la antijuridicidad no opera automáticamente, sino que requiere un riguroso juicio
de proporcionalidad y de respeto al principio pro homine, el cual impone a las
autoridades la obligación de elegir siempre la opción menos lesiva para la dignidad
de la persona privada de libertad (Quizhpe-C. & Ruperti-C., 2025). La omisión de
este juicio ha conducido, según Barcia-de-la-Cruz (2023), a situaciones que podrían
calificarse como ejecuciones extrajudiciales, configurando responsabilidades
penales y disciplinarias para el Estado.
Asimismo, al contrastar la experiencia ecuatoriana con la de Perú y Colombia, se
advierte que en estos países se han implementado protocolos claros de
desescalamiento y registro audiovisual obligatorio de intervenciones (Cevallos-
Izquierdo, 2020). En cambio, en Ecuador persiste un enfoque centrado en el control
físico, que, según Gabaldón-L. (2019), fomenta una actitud predispuesta al uso de
la fuerza como primera respuesta ante cualquier incidente. Esta formación orientada
a la coerción contraviene las recomendaciones internacionales sobre derechos
humanos, que privilegian métodos de contención no letales y la restauración del
orden mediante la comunicación y negociación.
No menos relevante es la dimensión institucional: Jiménez-Villarreal & Franchi
(2020) advierten la necesidad de armonizar la legislación de las Fuerzas Armadas
con la normativa penitenciaria, de modo que ambos cuerpos sigan criterios
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uniformes de legalidad y tengan claras sus competencias en situaciones de crisis.
La falta de esta armonización, junto con la carencia de protocolos
interinstitucionales de actuación, ha derivado en vacíos de mando durante
incidentes de gran envergadura, lo cual incrementa el riesgo de violaciones de
derechos fundamentales.
En efecto, la supervisión activa y la rendición de cuentas son componentes
esenciales para garantizar un uso legítimo de la fuerza, por lo tanto, Santillán-
Gómez & Brander-F. (2021) demostraron que la participación de organismos
externos como Defensorías del Pueblo y comités de derechos humanos mejora la
transparencia y reduce la incidencia de abusos. En Ecuador, sin embargo, los
mecanismos de control externo adolecen de facultades sancionadoras efectivas y de
independencia real respecto al aparato penitenciario.
Por último, resulta imprescindible reorientar la formación de los servidores
penitenciarios hacia un enfoque de derechos humanos y técnicas de
desescalamiento, ante lo cual, Chimbolema-Guacho (2023) propone incluir en los
programas de capacitación módulos obligatorios sobre comunicación no violenta,
gestión de crisis psicológicas y primeros auxilios psicológicos. La adopción de estas
prácticas fortalecería la legitimidad del sistema y contribuiría a la reinserción social
de los internos, al reducir el estigma y la victimización derivados de usos excesivos
de la fuerza.
CONCLUSION
El análisis del uso de la fuerza en las unidades penitenciarias de Ecuador devela una
significativa desconexión entre la normativa existente y su aplicación en la práctica
operativa, lo que da lugar a una discrecionalidad en las decisiones de los agentes
penitenciarios. A pesar de la existencia de principios constitucionales que limitan el
uso de la fuerza, la falta de protocolos claros y de mecanismos eficaces de
supervisión y capacitación contribuye a la ocurrencia de abusos y violaciones de
derechos humanos. La comparación con otros países de la región destaca la
necesidad urgente de implementar enfoques más centrados en la desescalación y
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la contención no letal, acomo en la formación continua en derechos humanos para
los servidores penitenciarios. Solo a través de una mayor armonización normativa y
una supervisión activa se podrá garantizar un uso legítimo y proporcional de la
fuerza, respetando la dignidad de las personas privadas de libertad.
FINANCIAMIENTO
No monetario
CONFLICTO DE INTERÉS
No existe conflicto de interés con personas o instituciones ligadas a la investigación.
AGRADECIMIENTOS
A la dirección de investigación de la Universidad Regional Autónoma de los Andes.
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