Verdad y Derecho
Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Sociales
Vol. 3(Especial Ambato), 61-68, 2024
https://doi.org/10.62574/b9r8bw26
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Análisis histórico y jurídico de la pena de muerte y su aplicabilidad en el
Ecuador
Historical and legal analysis of the death penalty and its applicability in
Ecuador
Geovanny Leopoldo Borja-Martínez
ua.geovannyborja@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0007-3615-2937
Alex Santiago López-Bermello
alexlb82@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0009-9639-6196
Andrés Mateo Ortiz-Mayorga
andresom89@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0009-0201-3730
Camila Nicole Tenelanda-Avila
camiliata10@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0001-4842-8415
RESUMEN
Se presenta como objetivo de investigación ejecutar un análisis histórico y jurídico de la pena de
muerte y su aplicabilidad en el Ecuador. Enfoque cualitativo de tipo descriptivo en revisión de 17
documentos. La pena de muerte en Ecuador, desde su implementación en los primeros códigos
penales hasta su abolición definitiva en 1906, refleja un cambio hacia un enfoque humanista y
garantista en el derecho penal. Aunque fue utilizada como un instrumento de control social, los
debates ideológicos entre liberales y conservadores marcaron su cuestionamiento ético y jurídico.
Actualmente, la Constitución de 2008 prohíbe explícitamente la pena capital, alineándose con
compromisos internacionales que promueven la inviolabilidad de la vida y alternativas basadas en la
rehabilitación y reinserción social. A pesar de su abolición, el debate persiste en contextos de alta
criminalidad, aunque reinstaurarla sería incompatible con los principios constitucionales y los
tratados internacionales.
Descriptores: pena de muerte; sanción penal; delincuencia. (Fuente: Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The research objective is to carry out a historical and legal analysis of the death penalty and its
applicability in Ecuador. A descriptive qualitative approach was used in the review of 17 documents.
The death penalty in Ecuador, from its implementation in the first penal codes until its definitive
abolition in 1906, reflects a shift towards a humanist and rights-based approach in criminal law.
Although it was used as an instrument of social control, ideological debates between liberals and
conservatives marked its ethical and legal questioning. Currently, the 2008 Constitution explicitly
prohibits capital punishment, aligning itself with international commitments that promote the sanctity
of life and alternatives based on rehabilitation and social reintegration. Despite its abolition, the
debate persists in contexts of high crime, although reinstating it would be incompatible with
constitutional principles and international treaties.
Descriptors: death penalty; penal sanctions; delinquency. (Source: UNESCO Thesaurus).
Recibido: 13/10/2024. Revisado: 23/10/2024. Aprobado: 03/11/2024. Publicado: 21/11/2024.
Sección artículos de investigación
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Análisis histórico y jurídico de la pena de muerte y su aplicabilidad en el Ecuador
Historical and legal analysis of the death penalty and its applicability in Ecuador
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Alex Santiago López-Bermello
Andrés Mateo Ortiz-Mayorga
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INTRODUCCIÓN
La pena de muerte, también conocida como pena capital, ha sido una de las formas
más controvertidas de sanción en la historia de la humanidad. Su aplicación ha
generado intensos debates éticos, jurídicos y sociales, especialmente en contextos
donde los derechos humanos y la dignidad de las personas son principios
fundamentales. En el caso de Ecuador, este castigo extremo ha tenido un recorrido
histórico significativo, desde su implementación en los primeros códigos penales
hasta su abolición definitiva en el siglo XX. Este análisis busca explorar la evolución
histórica y jurídica de la pena de muerte en el país, así como su aplicabilidad en el
marco del ordenamiento jurídico actual.
Por lo tanto, la historia de la pena de muerte en Ecuador se remonta a la época
colonial, cuando esta sanción era utilizada como un medio de control social y castigo
ejemplarizante. Con la independencia y la formación de la República, el primer
Código Penal ecuatoriano de 1837 estableció 19 casos en los que se podía aplicar
la pena capital, reflejando la influencia de las corrientes penales de la época
(Goetschel, 2018; Rivadeneira-Cabezas, 2019). Sin embargo, a medida que el país
avanzaba hacia la consolidación de un Estado moderno, surgieron debates sobre la
legitimidad y la moralidad de esta práctica.
Durante el siglo XIX, la pena de muerte fue objeto de intensos debates entre
liberales y conservadores. Los liberales, liderados por figuras como Pedro Carbo,
abogaron por su abolición, argumentando que era incompatible con los principios
de justicia y humanidad. Por otro lado, los conservadores defendían su aplicación
como una medida necesaria para mantener el orden y la seguridad (Goetschel,
2018; Meini-Méndez, 2013). Estos debates culminaron en la abolición de la pena
de muerte para delitos políticos en 1878 y su eliminación total en la Constitución
de 1906, que garantizó la inviolabilidad de la vida como un derecho fundamental
(Constitución de la República del Ecuador [CRE], 2008; Goetschel, 2018).
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En la actualidad, la Constitución de la República del Ecuador de 2008 prohíbe
explícitamente la pena de muerte, estableciendo en su artículo 66, numeral 1, el
derecho a la inviolabilidad de la vida (CRE, 2008). Este principio se encuentra
alineado con los compromisos internacionales asumidos por el país, como el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre
Derechos Humanos, que promueven la abolición de la pena capital como un avance
en la protección de los derechos humanos (Asamblea General de las Naciones
Unidas, 1976; Convención Americana sobre Derechos Humanos, 1978).
Mientras que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) de 2014 refuerza esta
postura al no contemplar la pena de muerte como una sanción dentro del sistema
penal ecuatoriano. En su lugar, se priorizan medidas alternativas como la
rehabilitación y la reinserción social de los infractores, en consonancia con el
enfoque garantista del Estado ecuatoriano (COIP, 2014; Barona-Pazmiño, 2023).
A pesar de la prohibición constitucional, la pena de muerte sigue siendo un tema
de debate en la sociedad ecuatoriana, especialmente en contextos de alta
criminalidad y violencia. Algunos sectores argumentan que su reintroducción podría
actuar como un disuasivo para delitos graves, mientras que otros destacan los
riesgos de errores judiciales y la incompatibilidad con los derechos humanos
(Echeverría-Andrade & Alvaracín-Jarrín, 2022; Tixi-Torres et al., 2021). Por lo tanto,
cualquier intento de reinstaurar la pena capital enfrentaría obstáculos legales
significativos, incluyendo la necesidad de reformar la Constitución y desvincularse
de tratados internacionales (CRE, 2008; Convención Americana sobre Derechos
Humanos, 1978).
En este sentido, se presenta como objetivo de investigación ejecutar un análisis
histórico y jurídico de la pena de muerte y su aplicabilidad en el Ecuador.
MÉTODO
El análisis presentado sobre la pena de muerte se fundamenta en un enfoque
cualitativo con una tipología descriptiva que permite examinar el tema desde
múltiples perspectivas jurídicas, éticas y criminológicas. Este método se caracteriza
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por la recopilación, interpretación y análisis de información teórica y normativa, con
el objetivo de comprender las implicaciones de la pena capital en el contexto
ecuatoriano e internacional. A continuación, se justifica la elección de este enfoque
y su relevancia para los resultados obtenidos:
Se detallaron y analizaron el marco jurídico internacional y nacional relacionado con
la pena de muerte al examinar instrumentos como el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y la Constitución ecuatoriana, que consagran el
derecho a la vida y prohíben la pena capital. Este enfoque facilita la identificación
de principios éticos y legales, como la inviolabilidad de la vida y el respeto a los
derechos humanos, que son esenciales para justificar la abolición de la pena de
muerte.
Desde una perspectiva cualitativa, se analizaron las dinámicas sociales y
estructurales que perpetúan la criminalidad y la ineficacia de la pena de muerte
como medida disuasoria. Este enfoque permit interpretar estudios y teorías
criminológicas que cuestionan la efectividad de la pena capital, destacando la
necesidad de alternativas basadas en la rehabilitación y la justicia restaurativa. La
inclusión de autores como Echeverría-Andrade & Alvaracín-Jarrín (2022) refuerza la
validez de los argumentos presentados.
Por lo tanto, se interrelacionaron las perspectivas jurídicas, éticas, criminológicas e
históricas, ofreciendo un análisis integral del tema, siendo importante para justificar
los resultados, por cuanto demuestra cómo los principios legales y éticos, junto con
las evidencias criminológicas, respaldan la abolición de la pena de muerte y la
necesidad de enfoques alternativos.
RESULTADOS
La pena de muerte es un tema que requiere un análisis integral desde perspectivas
jurídicas, éticas y criminológicas:
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1. Marco jurídico internacional: el derecho a la vida
El
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
(PIDCP) establece en su artículo
6 que el derecho a la vida es inherente a todo ser humano y que la pena de muerte
solo puede aplicarse en los "delitos más graves", bajo estrictas garantías procesales.
Sin embargo, el Segundo Protocolo Facultativo del PIDCP, ratificado por Ecuador,
busca la abolición total de la pena de muerte (Asamblea General de las Naciones
Unidas, 1976). De manera complementaria, la
Convención Americana sobre
Derechos Humanos
prohíbe la reinstauración de la pena capital en países que ya la
han abolido, como Ecuador (Convención Americana sobre Derechos Humanos,
1978).
2. Constitución ecuatoriana y el principio de inviolabilidad de la vida
La Constitución de la República del Ecuador de 2008 consagra el derecho a la vida
como inviolable en su artículo 66, numeral 1, y prohíbe expresamente la pena de
muerte. Este principio se alinea con los compromisos internacionales asumidos por
el país y refuerza la obligación del Estado de garantizar los derechos humanos
(Constitución de la República del Ecuador, 2008). Además, el principio de legalidad
penal, también consagrado en la Constitución (artículo 76), exige que las penas
sean proporcionales y respetuosas de los derechos fundamentales. Según Lamarca-
Pérez (2014), este principio es esencial para evitar sanciones arbitrarias y garantizar
que las penas cumplan con los objetivos de justicia y rehabilitación.
3. Perspectiva criminológica crítica
Desde una perspectiva criminológica crítica, se argumenta que la pena de muerte
perpetúa dinámicas de exclusión y no aborda las causas estructurales de la
criminalidad. Por lo tanto, Echeverría-Andrade & Alvaracín-Jarrín (2022) sostienen
que este castigo extremo refuerza un sistema punitivo ineficaz, centrado en la
retribución en lugar de la rehabilitación. Además, estudios internacionales han
demostrado que la pena capital no tiene un efecto disuasorio significativo sobre la
criminalidad, lo que refuerza la necesidad de buscar alternativas más efectivas y
humanas.
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4. Historia y evolución en Ecuador
En Ecuador, la pena de muerte fue abolida en 1906, marcando un cambio hacia un
enfoque más humanista en el derecho penal. Durante el siglo XIX, este castigo fue
utilizado como un instrumento de control social, especialmente en contextos de
inestabilidad política. Según Goetschel (2018), los debates sobre la pena capital en
esa época reflejaron tensiones entre corrientes conservadoras y liberales, que
discutían su legitimidad desde perspectivas éticas y políticas.
5. Críticas y alternativas a la pena de muerte
A pesar de su abolición, algunos sectores han planteado la reinstauración de la pena
de muerte como respuesta al aumento de la criminalidad. Sin embargo, Tixi-Torres,
Machado-Maliza & Iglesias-Quintana (2021) destacan que la finalidad de la pena
debe centrarse en la rehabilitación y reinserción social, en lugar de la retribución.
La pena de muerte, al no abordar las causas estructurales del delito, perpetúa un
sistema punitivo ineficaz y contrario a los principios de justicia social.
En lugar de recurrir a medidas extremas, se propone fortalecer las políticas públicas
orientadas a la prevención del delito, la educación y la rehabilitación de los
infractores. Estas estrategias, basadas en un enfoque de justicia restaurativa, han
demostrado ser más efectivas para reducir la criminalidad y promover una
convivencia pacífica (Barona-Pazmiño, 2023).
CONCLUSION
La pena de muerte en Ecuador, desde su implementación en los primeros códigos
penales hasta su abolición definitiva en 1906, refleja un cambio hacia un enfoque
humanista y garantista en el derecho penal. Aunque fue utilizada como un
instrumento de control social, los debates ideológicos entre liberales y
conservadores marcaron su cuestionamiento ético y jurídico. Actualmente, la
Constitución de 2008 prohíbe explícitamente la pena capital, alineándose con
compromisos internacionales que promueven la inviolabilidad de la vida y
alternativas basadas en la rehabilitación y reinserción social. A pesar de su abolición,
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el debate persiste en contextos de alta criminalidad, aunque reinstaurarla sería
incompatible con los principios constitucionales y los tratados internacionales. Este
análisis evidencia que la abolición de la pena de muerte responde no solo a un
compromiso con los derechos humanos, sino también a la necesidad de construir
un sistema penal más justo y efectivo.
FINANCIAMIENTO
No monetario
CONFLICTO DE INTERÉS
No existe conflicto de interés con personas o instituciones ligadas a la investigación.
AGRADECIMIENTOS
A la dirección de investigación de la Universidad Regional Autónoma de los Andes.
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